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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tonanitla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva es el grupo de personas que toman las decisiones importantes del Instituto de Deporte de Tonanitla. Sus responsabilidades principales son: aprobar las reglas internas del instituto, elegir o confirmar al director, y dar el visto bueno a los proyectos, planes y presupuestos que se le presenten. También revisan y aprueban los reportes financieros anuales, y buscan maneras de conseguir dinero extra para el instituto. Pueden invitar a funcionarios del gobierno federal, estatal o municipal a sus reuniones si hace falta. En resumen, se encargan de que todo funcione bien y se cumpla la ley.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tonanitla; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TONANITLA 5 II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tonanitla; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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