Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El presidente municipal propone a una persona para ser el director, y luego la junta directiva decide si la nombra o no. La junta directiva es el grupo encargado de tomar decisiones importantes. Solo pueden nombrar al director si el presidente municipal lo sugiere primero.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.