Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley65/22
- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El presidente municipal propone a una persona para ser el director, y luego la junta directiva decide si la nombra o no. La junta directiva es el grupo encargado de tomar decisiones importantes. Solo pueden nombrar al director si el presidente municipal lo sugiere primero.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
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