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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presidente municipal propone a una persona para ser el director, y luego la junta directiva decide si la nombra o no. La junta directiva es el grupo encargado de tomar decisiones importantes. Solo pueden nombrar al director si el presidente municipal lo sugiere primero.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero (pág. 5) ↗

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