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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el deporte recreativo (hacer ejercicio por gusto, no como competencia profesional) puede organizarse y financiarse por sí mismo, sin depender del gobierno. Lo importante es que, aunque te beneficie a ti como persona, también debe tomarse en cuenta el bien de la comunidad. O sea, puedes hacer tu propio equipo o evento deportivo, pero sin olvidar que debe ser algo que no dañe a los demás y que, si es posible, también ayude a la sociedad.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás (pág. 4) ↗

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