Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Se creó una nueva institución pública que se llama “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás”. Esta institución es como una entidad aparte del municipio, con su propio dinero y capacidad para hacer trámites legales por su cuenta. Básicamente, es un organismo que maneja sus propios recursos y puede actuar sin depender directamente del gobierno municipal.
- Art. 2El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás será manejado por personas que salgan del propio ambiente deportivo del municipio. Es decir, quienes lo dirijan deben ser gente del municipio que conozcan y se preocupen por los deportistas y la comunidad en general. Esto asegura que quienes tomen las decisiones estén realmente conectados con las necesidades del deporte local.
- Art. 3El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás es como una persona legal que puede tener derechos y obligaciones, es decir, puede firmar contratos, pedir recursos o rendir cuentas. Se le da libertad para tomar sus propias decisiones y así cumplir con la tarea del municipio de promover el deporte y la actividad física. Esto significa que el Instituto no necesita pedir permiso para cada movimiento, pero sí debe responder por lo que hace. En palabras simples, es un organismo del municipio que trabaja por el deporte con cierta independencia para hacer su chamba.
- Art. 4El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás fue creado para que más personas hagan deporte y se muevan. Sus metas principales son: que todos en el municipio, sin importar edad o condición, tengan oportunidad de hacer ejercicio; también busca que las familias y vecinos convivan más entre sí, y que la gente esté más sana tanto en el cuerpo como en la mente. Otra de sus prioridades es apoyar a los adultos mayores, a personas con discapacidad y a los trabajadores para que puedan practicar deporte, además de mejorar el nivel de las competencias locales. Por último, quiere que el deporte sea algo valorado por todos, que ayude a prevenir enfermedades, que promueva la identidad de Santo Tomás y que los atletas tengan fácil acceso a servicios de salud.
- Art. 5El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás tiene la tarea de promover el deporte en el municipio. Puede crear escuelas de iniciación deportiva en pueblos, colonias y barrios. También tiene la facultad de dar becas (económicas, académicas o de comida) a deportistas destacados, organizar torneos estudiantiles desde preescolar hasta preparatoria, y formar clubes deportivos para toda la comunidad. Además, debe mantener un registro de deportistas, instalaciones, entrenadores y jueces, y apoyar con logística los eventos deportivos que se realicen en el municipio.
- Art. 6El artículo 6 dice que el gobierno del municipio va a crear un programa para que los estudiantes que practican deportes participen más. La idea es que aprovechen su tiempo libre de manera positiva, desarrollen sus habilidades personales y aprendan a convivir mejor con los demás, siendo más responsables con su comunidad. En pocas palabras, quieren que los jóvenes hagan deporte en lugar de estar sin hacer nada, y que eso los ayude a crecer como personas.
- Art. 7El artículo 7 dice que, para que los jóvenes usen bien su tiempo libre y desarrollen sus habilidades, se van a formar clubes deportivos dentro y fuera de las escuelas. A esos clubes se les dará ayuda para organizarse, entrenar y participar en torneos, además de prestarles instalaciones deportivas y, a veces, material para hacer deporte.
- Art. 8Los gobiernos de los municipios van a promover, organizar y coordinar competencias constantes entre estudiantes de todas las escuelas, desde kinder hasta universidad. Esto es para que siempre haya torneos locales donde los alumnos puedan participar y echarle ganas al deporte o a otras actividades. Es obligación de las autoridades municipales hacerse cargo de que estos eventos se lleven a cabo de manera permanente. Así que, básicamente, tu municipio debe asegurarse de que haya competencias continuas para los estudiantes de tu comunidad.
- Art. 9El municipio se va a comprometer a que siempre haya deporte para todos, sin importar dónde vivas en la colonia o el pueblo. Esto incluye actividades para formarte, competir o solo divertirte, porque hacer ejercicio es clave para que estés sano en cuerpo y mente. Básicamente, la autoridad local va a organizar eventos y programas deportivos todo el año, pensando en que el deporte te ayuda a crecer como persona y a cuidar tu salud.
- Art. 10Se crean escuelitas de deportes en todo el municipio, dependiendo de lo que más le guste jugar a la gente de cada colonia o comunidad. Esto significa que, si en tu zona la raza juega mucho futbol, pondrán una escuela de futbol, o si prefieren básquetbol, harán una de básquetbol. La idea es que se adapten a lo que pida la misma comunidad, para que todos puedan aprender y practicar el deporte que más les interese.
- Art. 11Se armarán torneos en cada barrio, colonia, pueblo o comunidad del municipio. La autoridad va a echarle ganas para que esos torneos se lleven a cabo. No importa si vives en una zona rural o en una colonia de la ciudad, todos entran. La idea es que en cada rincón del municipio haya actividades deportivas organizadas.
- Art. 12Cada año se va a hacer un torneo donde participen los equipos o personas que ganaron el primer lugar en sus ligas o clubes deportivos. Esto aplica para todas las categorías (como infantiles, juveniles o adultos) y en todas las disciplinas, tanto de hombres como de mujeres. Es como juntar a los mejores de cada competencia local para que se enfrenten entre sí.
- Art. 13Con este artículo, el gobierno municipal quiere hacer un conteo de todas las canchas, gimnasios y espacios deportivos que existen en el municipio. La idea es saber en qué condiciones están y si la gente los está usando o están abandonados. Así podrán arreglarlos y darles más uso para que no estén tirados o cerrados.
- Art. 14El artículo dice que el deporte hoy en día tiene que cumplir con lo que la sociedad espera de él. Para lograrlo, todas las personas que participan en el deporte —como atletas, entrenadores o directivos— deben recibir capacitación. Esto significa que es obligatorio que se les enseñe o entrenen para hacer bien su trabajo.
- Art. 15El Instituto de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás se encarga de ayudarte a ti y a tu comunidad a conocer más sobre los deportes. Te darán consejos, promoverán distintas actividades y te informarán sobre cómo practicarlos. Esto lo hacen durante la etapa de formación, es decir, cuando estás aprendiendo o empezando a hacer deporte. Básicamente, buscan que tengas toda la información y el apoyo necesario para iniciarte en alguna disciplina.
- Art. 16Este artículo dice que el deporte recreativo (hacer ejercicio por gusto, no como competencia profesional) puede organizarse y financiarse por sí mismo, sin depender del gobierno. Lo importante es que, aunque te beneficie a ti como persona, también debe tomarse en cuenta el bien de la comunidad. O sea, puedes hacer tu propio equipo o evento deportivo, pero sin olvidar que debe ser algo que no dañe a los demás y que, si es posible, también ayude a la sociedad.
- Art. 17La Junta Directiva y el Director son los que mandan y organizan todo en el Instituto de Deporte de Santo Tomás. La Junta es como un grupo de personas que toman las decisiones importantes, y el Director es quien se encarga de que esas decisiones se cumplan día a día. Ambos trabajan juntos para que el instituto funcione bien.
- Art. 18La junta directiva es el grupo de personas que toma las decisiones más importantes del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás. Está formada por: el presidente municipal, que la encabeza; el secretario del ayuntamiento; el director del deporte, que funciona como secretario técnico; y cinco vocales. De esos vocales, uno es el regidor de la comisión del deporte, otro es un representante de los equipos o clubes deportivos del municipio, y los tres restantes los elige el Ayuntamiento a sugerencia del presidente o del director. En palabras simples, es el equipo que dirige el instituto de deportes del municipio.
- Art. 19Los miembros de la junta directiva duran en su puesto exactamente el mismo tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. Es decir, si el ayuntamiento está en funciones por tres años, ellos también estarán ese mismo periodo. No pueden quedarse más tiempo del que dure esa administración municipal. Una vez que termina el periodo, su cargo también termina automáticamente.
- Art. 20La junta directiva debe reunirse al menos cada tres meses de manera normal, y también puede juntarse de forma especial cuando haga falta. Las reuniones normales son las que ya están planeadas, mientras que las extraordinarias son para asuntos urgentes o importantes. Esto aplica para cualquier grupo directivo que tenga que tomar decisiones.
- Art. 21La junta directiva tiene estas responsabilidades: aprobar el reglamento interno del Instituto de Deporte de Santo Tomás y definir las reglas generales para su funcionamiento. También debe autorizar proyectos y programas que el director proponga, revisar y aprobar los estados financieros y presupuestos anuales. Puede nombrar o confirmar al director, evaluar los planes y promover formas de conseguir más dinero para el instituto. Además, está facultada para invitar a funcionarios de otros niveles de gobierno a sus juntas cuando sea necesario. Cualquier otra tarea que le corresponda por esta ley también es su responsabilidad.
- Art. 22El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal proponga a alguien para ese puesto. O sea, el presidente municipal sugiere un nombre, y la junta directiva decide si lo acepta o no. No puede nombrarse a otra persona que no haya sido propuesta primero por el presidente municipal.
- Art. 23El director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás tiene varias obligaciones y poderes, que son como su 'chamba' principal. Por ejemplo, debe representar legalmente al instituto, asegurarse de que se cumplan las órdenes de la junta directiva (el grupo que toma las decisiones importantes) y vigilar que se logren los objetivos y programas del instituto. También puede firmar acuerdos o contratos para sacar adelante los proyectos, y tiene que presentar a la junta directiva los planes de trabajo y el presupuesto anual (lo que se planea gastar y recibir). Además, puede comprar lo que el instituto necesite, pero solo si el consejo lo autoriza, y debe encargarse de que todo esté listo para que los programas salgan bien.
- Art. 24Este artículo habla de cómo se forma el dinero y los bienes del Instituto de Deporte de Santo Tomás. Básicamente, el Instituto obtiene sus recursos de varias fuentes: primero, el Ayuntamiento le da el 2% de todo su presupuesto anual. También recibe los edificios, terrenos y muebles que el propio Ayuntamiento le asigne, además de dinero o apoyos del gobierno federal, estatal y municipal. Por último, el Instituto se queda con lo que gane por sus propios servicios (como rentar instalaciones o cobrar inscripciones) y con cualquier donación o cooperación que reciba de empresas o particulares.
- Art. 25El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás tiene que cumplir con dos leyes: la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. La ley entra en vigor un día después de publicarse en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno", que fue el 3 de agosto de 2006, así que empezó a aplicarse el 4 de agosto de 2006. El Ayuntamiento de Santo Tomás debe encargarse de instalar el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. El Gobernador y el Secretario de Gobierno firman para que se publique y se cumpla. Todo quedó listo desde julio y agosto de 2006, sin cambios hasta ahora.