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Artículo 4 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás fue creado para que más personas hagan deporte y se muevan. Sus metas principales son: que todos en el municipio, sin importar edad o condición, tengan oportunidad de hacer ejercicio; también busca que las familias y vecinos convivan más entre sí, y que la gente esté más sana tanto en el cuerpo como en la mente. Otra de sus prioridades es apoyar a los adultos mayores, a personas con discapacidad y a los trabajadores para que puedan practicar deporte, además de mejorar el nivel de las competencias locales. Por último, quiere que el deporte sea algo valorado por todos, que ayude a prevenir enfermedades, que promueva la identidad de Santo Tomás y que los atletas tengan fácil acceso a servicios de salud.

Texto oficial

Artículo 4.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás, tendrá los siguientes objetivos: I. Impulsar la práctica deportiva en todos los grupos y sectores del municipio; II. Propiciar la interacción familiar y social; III. Fomentar la salud física, mental, cultural y social de la población del municipio; IV. Propiciar el uso adecuado y correcto de los tiempos libres; V. Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con capacidades diferentes; VI. Promover el deporte de los trabajadores; VII. Promover el cambio de actitudes y aptitudes; VIII. Promover y desarrollar la captación de recursos humanos para el deporte; IX. Elevar el nivel competitivo del deporte municipal; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE SANTO TOMÁS 2 X. Promover la revaloración social del deporte y la cultura física; XI. Promover fundamentalmente el valor del deporte para el primer nivel de atención a la salud; XII. Promover la identidad del municipio de Santo Tomás, en el ámbito municipal, estatal, nacional e internacional a través del deporte; XIII. Fomentar la integración familiar y social; y XIV. Facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud. CAPITULO SEGUNDO DE SUS FACULTADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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