Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva tiene estas responsabilidades: aprobar el reglamento interno del Instituto de Deporte de Santo Tomás y definir las reglas generales para su funcionamiento. También debe autorizar proyectos y programas que el director proponga, revisar y aprobar los estados financieros y presupuestos anuales. Puede nombrar o confirmar al director, evaluar los planes y promover formas de conseguir más dinero para el instituto. Además, está facultada para invitar a funcionarios de otros niveles de gobierno a sus juntas cuando sea necesario. Cualquier otra tarea que le corresponda por esta ley también es su responsabilidad.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE SANTO TOMÁS 5 III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.