Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás será manejado por personas que salgan del propio ambiente deportivo del municipio. Es decir, quienes lo dirijan deben ser gente del municipio que conozcan y se preocupen por los deportistas y la comunidad en general. Esto asegura que quienes tomen las decisiones estén realmente conectados con las necesidades del deporte local.
Texto oficial
Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Santo Tomás, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Santo Tomás.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.