Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan tiene su propio dinero y bienes para funcionar. Ese patrimonio se forma con lo siguiente: - El 2% del presupuesto total que el Ayuntamiento haya planeado gastar en el año. - Los muebles (como escritorios o computadoras) e inmuebles (como terrenos o edificios) que el Ayuntamiento le dé. - Los apoyos económicos, subsidios, bienes o servicios que reciba del gobierno federal, estatal o municipal. - Lo que obtenga de donativos, concesiones (permisos para dar servicios), cooperaciones o cualquier otro ingreso de personas o empresas públicas o privadas. - El dinero que gane por los servicios que él mismo preste, como rentar espacios o cobrar por actividades deportivas.
Texto oficial
Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE HUIXQUILUCAN 6 II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES
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