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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley7/41
Ley
Ley de Expropiación para el Estado de México
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Expropiación para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, ya que fue derogado, es decir, eliminado de la ley. Cuando una ley dice "Derogado", significa que ya no se aplica y no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En la práctica, es como si ese artículo no existiera. Así que no te preocupes por él, no te afecta en nada.

Texto oficial

Artículo 41.- Derogado.

Ver texto oficial de la Ley de Expropiación para el Estado de México (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.