Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Tecnológico de Estudios Superiores de Coacalco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tecnológico tiene un conjunto de bienes y dinero que forman su patrimonio, o sea, todo lo que posee para funcionar. Este patrimonio se compone de varias partes: el dinero que gana por los servicios que da (como cursos o trámites), y también lo que recibe de los gobiernos federal, estatal o municipal, ya sean apoyos o subsidios. También incluye lo que le regalen o hereden personas, y los fideicomisos (acuerdos de confianza donde alguien le deja bienes para un fin específico) donde sea beneficiario. Además, cuenta con los terrenos, edificios o cualquier otra cosa que compre o adquiera de manera legal para cumplir su trabajo. Por último, entran las ganancias de sus inversiones, como intereses o dividendos, y cualquier otro ingreso que obtenga por medios legales.
Texto oficial
Artículo 19.- El patrimonio del Tecnológico estará constituido por: I. Los ingresos que obtenga por los servicios que preste en el ejercicio de sus facultades y en cumplimiento de su objeto; II. Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que le otorguen los gobiernos federal, estatal y municipal; III. Los legados, donaciones y demás liberalidades otorgadas en su favor y los fideicomisos en los que se le señale como fideicomisario; IV. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier título legal para el cumplimiento de su objeto; y V. Las utilidades, intereses, dividendos, rendimiento de sus bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.