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Artículo 18 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Patronato (el grupo de personas que cuidan los recursos del Tecnológico) tiene estas responsabilidades: 1. Buscar y conseguir dinero extra (no el del gobierno) para que la institución funcione. 2. Manejar ese dinero y hacerlo crecer, como si fuera un ahorro. 3. Autorizar la compra de cosas necesarias (como equipo o materiales) usando ese dinero extra. 4. Hacer planes de cuánto dinero extra se necesita cada año y presentarlos a la Junta Directiva (los jefes máximos). 5. Mostrar a la Junta Directiva, dentro de los primeros tres meses después de que termine el año, los estados financieros (como un resumen de gastos e ingresos) revisados por un auditor externo (un contador que no trabaja en el Tecnológico). 6. Ayudar al Tecnológico a darse a conocer y a trabajar con empresas o productores. 7. Hacer otras tareas que la Junta Directiva le encargue por escrito.

Texto oficial

Artículo 18.- Son facultades del Patronato: I. Determinar y obtener los recursos adicionales necesarios para el financiamiento de la Institución. II. Administrar y acrecentar los recursos gestionados por el patronato. III. Autorizar la adquisición de los bienes indispensables para la realización de las actividades del Tecnológico con cargo a los recursos adicionales. IV. Formular proyectos anuales de ingresos adicionales para ser sometidos a la consideración de la Junta Directiva. V. Presentar a la Junta Directiva, dentro de los tres primeros meses siguientes a la conclusión de un ejercicio presupuestal, los estados financieros dictaminados por el auditor externo designado para tal efecto por la Junta Directiva. VI. Apoyar las actividades del Tecnológico en materia de difusión y vinculación con el sector productivo. VII. Ejercer las demás facultades que le confiere las disposiciones expedidas por la Junta Directiva. CAPITULO QUINTO Del Personal del Tecnológico

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.