Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec se vuelve una institución oficial del gobierno del Estado de México, pero con su propia forma de administrar su dinero y tomar decisiones legales. Esto significa que puede manejar sus propios recursos, como si fuera una empresa pública, sin depender directamente de otra dependencia. Su papel es ofrecer educación superior de calidad en esa zona.
- Art. 2El domicilio oficial del Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec está en el Municipio de Ecatepec, Estado de México. Esto significa que ahí es donde se encuentra su sede principal y a donde hay que dirigirse para trámites legales o administrativos. Básicamente, es su dirección legal fija.
- Art. 3El Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec tiene como tareas principales: primero, formar profesionistas, maestros e investigadores que sepan aplicar y crear conocimiento para resolver problemas de manera creativa, usando avances científicos y tecnológicos según lo que necesiten la región, el estado y el país. Segundo, hacer investigaciones científicas y tecnológicas que ayuden al crecimiento del conocimiento, mejoren la enseñanza técnica y aprovechen mejor los recursos naturales y materiales para subir la calidad de vida de la gente. Tercero, apoyar al gobierno, a las empresas y a la sociedad para que juntos fortalezcan el desarrollo tecnológico y social. Y cuarto, fomentar la cultura, tanto la de México como la del mundo, especialmente la que tenga que ver con tecnología.
- Art. 4El Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec tiene varias facultades para cumplir su objetivo. Puede impartir carreras tecnológicas en áreas industriales y de servicios, además de cursos para actualizar conocimientos. También puede crear y modificar sus propios planes de estudio, pero tienen que ser aprobados por la Secretaría de Educación Pública. La escuela puede organizar intercambios con otras instituciones, tanto nacionales como extranjeras, y expedir títulos, certificados y constancias de estudios. Además, establece las reglas para que los alumnos entren, se queden y para que los maestros sean contratados o ascendidos.
- Art. 5El artículo dice que las personas y grupos que mandan en el Tecnológico son estos: la Junta Directiva (un grupo de personas que toman decisiones importantes), el Director (el jefe máximo), los Subdirectores (los que ayudan al Director), los Jefes de División (encargados de áreas grandes) y los Jefes de Departamento (los que están al frente de cada sección específica).
- Art. 6La Junta Directiva es el grupo más importante dentro del Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec, el que toma las decisiones más fuertes. Está formada por 8 personas: dos las elige el gobernador del Estado (uno de ellos es el presidente de la junta), dos las elige el Secretario de Educación Pública, una la elige el gobierno municipal y otra el Ayuntamiento (que representa a la comunidad), y dos las elige una asociación de empresarios que ayuda a financiar la institución. El director de la escuela puede ir a las juntas, pero solo da su opinión, no puede votar.
- Art. 7La Junta Directiva tiene poder para: 1) aprobar las reglas generales de la institución; 2) discutir y aprobar proyectos académicos que le presenten o que ella misma proponga; 3) crear, aprobar y cambiar los planes de estudio, pero siempre debe pedir el visto bueno a la Secretaría de Educación Pública; 4) emitir reglamentos, estatutos y acuerdos que le correspondan; 5) revisar y aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos, además de organizar el personal y los materiales necesarios; 6) discutir y aprobar el informe anual de cuentas; 7) formar un Consejo Técnico Consultivo para apoyar su trabajo; 8) nombrar Subdirectores y Jefes de División, pero solo si el Director los propone; y 9) hacer todo lo demás que no esté asignado a otro órgano.
- Art. 8Para ser parte de la Junta Directiva necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano o mexicana, tener al menos 25 años, contar con un título universitario (como una licenciatura) o tener experiencia académica y profesional que sea equivalente. También debes ser una persona honesta, de buen comportamiento y con una reputación profesional muy reconocida.
- Art. 9Los miembros de la Junta Directiva que mencionan los puntos 1, 2 y 3 del artículo 6 pueden ser nombrados o quitados del cargo por la autoridad que tiene el poder para hacerlo. Los demás integrantes de la Junta durarán en su puesto tres años. Esto aplica al Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec.
- Art. 10Ser miembro de la Junta Directiva no tiene sueldo ni pago de ningún tipo. Es un trabajo voluntario, por lo que nadie recibe un salario por estar en ese puesto.
- Art. 11La Junta Directiva va a recibir ayuda de un grupo de expertos bien preparados, llamado Consejo Técnico Consultivo, para que la asesoren y le den sugerencias sobre cómo hacer su trabajo. Este grupo solo da opiniones y recomendaciones, no toma decisiones. Cuántas personas lo formarán y cómo trabajarán se va a decidir después en un reglamento. Los maestros e investigadores de la Institución también pueden ser parte de este Consejo.
- Art. 12El Director del Tecnológico lo elige el Gobernador del Estado y dura 4 años en el puesto, pero puede ser elegido otra vez para un segundo período igual. Solo lo pueden quitar del cargo si hay una razón muy válida, y esa razón la decide la Junta Directiva a su criterio, sin que nadie más opine.
- Art. 13Para ser director necesitas, además de cumplir con los requisitos del artículo 8, tener un título universitario en alguna carrera que se imparta en el Tecnológico o en una materia parecida.
- Art. 14Este artículo dice las cosas que el Director del Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec puede y debe hacer. Entre sus principales obligaciones están: representar legalmente a la institución (actuar en su nombre ante otras personas o autoridades), dirigir cómo funciona la escuela y asegurarse de que se sigan los planes de estudio. También puede proponer cambios a la Junta Directiva (el grupo de personas que toman las decisiones importantes) sobre cómo organizar la escuela, quiénes serán los subdirectores y jefes, y cómo administrar el dinero y los bienes del Tecnológico. Además, debe presentar cada año un informe de lo que hizo y de las finanzas, y hacer los manuales que se necesiten para que todo funcione bien.
- Art. 15El dinero o los bienes que tiene el Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec vienen de varias fuentes. Por un lado, el dinero que gana por los servicios que ofrece, como cursos o trámites. También recibe dinero del gobierno federal, estatal y municipal, ya sea como apoyos, subsidios o participaciones. Además, puede heredar propiedades o recibir donaciones, y ser beneficiario de fideicomisos (un acuerdo donde alguien le encarga administrar bienes para un fin específico). Puede comprar o adquirir muebles (como equipo de cómputo) e inmuebles (como terrenos o edificios) de forma legal. Finalmente, también cuenta con las ganancias, intereses o rendimientos que genere su dinero o propiedades.
- Art. 16El Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec no tiene que pagar impuestos al gobierno del Estado de México ni a los municipios. Tampoco paga impuestos por los contratos que firme, si la ley dice que él debe cubrirlos. Los terrenos y edificios que le pertenecen no se pueden vender, ni pueden ser embargados o reclamados por alguien más con el paso del tiempo. Además, no se puede poner una hipoteca o deuda sobre ellos. Si el Tecnológico deja de usar un inmueble para dar clases, la Junta Directiva debe hacer un documento oficial llamado "declaratoria de desafectación". Ese documento se inscribe en el Registro Público de la Propiedad y, desde ese momento, el inmueble se vuelve propiedad privada del Tecnológico, como cualquier otra empresa o persona.
- Art. 17El Patronato es un grupo que ayuda al Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec. Este grupo se forma así: el Director del plantel, una persona que elija el Ayuntamiento en representación del gobierno municipal, otra persona que nombre el Gobernador para representar al gobierno estatal, y cinco representantes de empresas o negocios locales (lo que llaman "Sector Productivo"), elegidos según sus propias reglas. Uno de esos cinco representantes será el presidente del Patronato.
- Art. 18El Patronato (el grupo de personas que cuidan los recursos del Tecnológico) tiene estas responsabilidades: 1. Buscar y conseguir dinero extra (no el del gobierno) para que la institución funcione. 2. Manejar ese dinero y hacerlo crecer, como si fuera un ahorro. 3. Autorizar la compra de cosas necesarias (como equipo o materiales) usando ese dinero extra. 4. Hacer planes de cuánto dinero extra se necesita cada año y presentarlos a la Junta Directiva (los jefes máximos). 5. Mostrar a la Junta Directiva, dentro de los primeros tres meses después de que termine el año, los estados financieros (como un resumen de gastos e ingresos) revisados por un auditor externo (un contador que no trabaja en el Tecnológico). 6. Ayudar al Tecnológico a darse a conocer y a trabajar con empresas o productores. 7. Hacer otras tareas que la Junta Directiva le encargue por escrito.
- Art. 19El Tecnológico tendrá tres tipos de empleados para lograr sus metas. Los académicos son los maestros e investigadores que dan clases, hacen investigación y difunden conocimiento. Los técnicos de apoyo son los que ayudan a que las labores académicas funcionen bien, como mantener equipos o laboratorios. Los administrativos son los que hacen trabajos de oficina, como trámites, pagos o control escolar. Cada grupo tiene tareas distintas pero todas son necesarias para que la institución opere.
- Art. 20Para entrar a trabajar como maestro en el Tecnológico, así como subir de puesto o mantener tu empleo, tienes que pasar por un concurso. Para subir de puesto, académicos internos del Tecnológico te evaluarán; para entrar o quedarte, serán expertos de fuera de la institución. Todos esos evaluadores deben ser maestros muy reconocidos. La Junta Directiva pondrá las reglas de estos concursos para asegurarse de que contraten o asciendan solo a personal bien preparado. Además, los procesos para conservar tu trabajo empiezan a partir de que cumplas cinco años en el puesto.
- Art. 21Las reglas de trabajo entre el Tecnológico y sus empleados (maestros, personal de apoyo y administrativos) se basan en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Para asuntos de sindicato, el Tecnológico se considera una institución independiente. Todos los trabajadores del Tecnológico tienen derecho a la seguridad social que establece la Ley de Seguridad Social para Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, por lo que están inscritos en ese sistema.
- Art. 22Los maestros e investigadores de la institución pueden juntarse como quieran para temas académicos, sin perder los derechos que ya tienen por ley. Esto quiere decir que pueden formar grupos, comités o asociaciones para defender sus ideas o mejorar sus clases, siempre y cuando sea para asuntos de enseñanza o investigación. No se les puede negar su representación oficial por hacer esto.
- Art. 23Este artículo dice que eres alumno del Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec si cumples con todos los pasos y documentos que te piden para entrar, y si te aceptan para estudiar cualquier carrera que den ahí. Una vez que entres, tienes derechos y obligaciones que están marcados en este decreto y en los reglamentos que después se publiquen.
- Art. 24El artículo 24 dice que los grupos de alumnos pueden organizarse como ellos quieran, sin que las autoridades del Tecnológico se metan. Es decir, los estudiantes tienen libertad para formar sus propias agrupaciones y decidir cómo funcionan, sin que nadie de la escuela les imponga reglas. La parte del "Transitorio Único" solo indica que esta ley empezó a aplicarse al día siguiente de que se publicara en la Gaceta Oficial del Estado, y eso fue el 11 de septiembre de 1990. Todo lo demás son firmas y fechas de cuando se aprobó y publicó.