Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 24 dice que los grupos de alumnos pueden organizarse como ellos quieran, sin que las autoridades del Tecnológico se metan. Es decir, los estudiantes tienen libertad para formar sus propias agrupaciones y decidir cómo funcionan, sin que nadie de la escuela les imponga reglas. La parte del "Transitorio Único" solo indica que esta ley empezó a aplicarse al día siguiente de que se publicara en la Gaceta Oficial del Estado, y eso fue el 11 de septiembre de 1990. Todo lo demás son firmas y fechas de cuando se aprobó y publicó.
Texto oficial
Artículo 24.- Las agrupaciones de alumnos serán totalmente independientes de las autoridades del Tecnológico y se organizarán en la forma que los propios estudiantes determinen. T R A N S I T O R I O UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta del Gobierno del Estado. LO TENDRA ENTENDIDO EL GOBERNADOR DEL ESTADO, HACIENDO QUE SE PUBLIQUE Y SE CUMPLA. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los cinco días del mes de septiembre de mil novecientos noventa.- Diputado Presidente.- C. Ing. Carlos Isaías Pérez Arizmendi; Diputado Secretario.- C. Lic. Gabriel Ramos Millán; Diputado Secretario, C. Lic. Elia E. Barrera de Macías; Diputado Secretario; C. Prof. Honorato Ortíz Garibay.- Diputado Prosecretario, C. Mario Edgar Cobos Pérez.- Rúbricas. Por lo tanto mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 6 de septiembre de 1990. EL GOBERNADOR DEL ESTADO LIC. IGNACIO PICHARDO PAGAZA Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de septiembre de 1990. Última reforma POGG 22 de junio de 2023. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARACTER ESTATAL DENOMINADO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE ECATEPEC 8 EL SECRETARIO DE GOBIERNO LIC. HUMBERTO LIRA MORA EL SECRETARIO DE EDUCACION, CULTURA Y BIENESTAR SOCIAL LIC. JAIME ALMAZAN DELGADO APROBACIÓN: 5 de septiembre de 1990 PROMULGACIÓN: 6 de septiembre de 1990 PUBLICACIÓN: 10 de septiembre de 1990 VIGENCIA: 11 de septiembre de 1990 REFORMAS Y ADICIONES DECRETO No. 44 EN SU ARTÍCULO QUINTO.- Por el que se reforma la fracción II del artículo 8 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 25 de enero de 2010; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 04 de febrero de 2010. DECRETO NÚMERO 179 ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO SEXTO. Se reforma el artículo 21 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de junio de 2023; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
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