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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Colegio de Bachilleres del Estado de México
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Colegio de Bachilleres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva de una organización debe reunirse mínimo cada dos meses de manera normal; esas son las sesiones ordinarias. También pueden tener juntas extraordinarias cuando haya asuntos urgentes o importantes que tratar, tantas veces como se requiera. En esta sección se empieza a hablar del Director General, que es como el jefe principal de la institución.

Texto oficial

Artículo 13.- La junta directiva sesionara en forma ordinaria cuando menos una vez cada dos meses y en forma extraordinaria las veces que sean necesarias. SECCION SEGUNDA Del Director General

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Colegio de Bachilleres del Estado de México (pág. 5) ↗

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