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Artículo 2 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 2 dice que las instituciones de asistencia privada son organizaciones creadas para ayudar a la gente, usando dinero o bienes de particulares. Su objetivo es hacer acciones de apoyo social, como dar comida o atención médica, sin elegir a quién ayudan de manera personalizada. No buscan ganar dinero ni repartir utilidades entre sus miembros, solo beneficiar a la comunidad.

Texto oficial

Artículo 2.- Las instituciones de asistencia privada son personas morales con fines de interés público que, con bienes de propiedad particular ejecutan actos de asistencia social sin designar individualmente a los beneficiarios y sin propósito de lucro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.