- Ley
- Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
- Artículo
- 79
Artículo 79 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Mexiquense de la Juventud se encargará de pedirle a las autoridades que corresponda que den becas para los jóvenes indígenas. La idea es ayudarles a que puedan estudiar una carrera o formación profesional y a que tengan un desarrollo completo como personas.
Texto oficial
Artículo 79.- El Instituto Mexiquense de la Juventud gestionará ante las autoridades correspondientes, el otorgamiento de becas para los jóvenes indígenas, con el propósito de contribuir a su formación profesional y desarrollo integral.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.