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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley90/79
Ley
Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
Artículo
79

Artículo 79 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Mexiquense de la Juventud se encargará de pedirle a las autoridades que corresponda que den becas para los jóvenes indígenas. La idea es ayudarles a que puedan estudiar una carrera o formación profesional y a que tengan un desarrollo completo como personas.

Texto oficial

Artículo 79.- El Instituto Mexiquense de la Juventud gestionará ante las autoridades correspondientes, el otorgamiento de becas para los jóvenes indígenas, con el propósito de contribuir a su formación profesional y desarrollo integral.

Ver texto oficial de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México (pág. 16) ↗

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