Artículo 18 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empleados que trabajen en este Instituto tendrán acceso a los servicios de salud, pensiones y otras prestaciones que ofrece el ISSSTE, que es la institución que protege a los trabajadores del gobierno estatal y municipal. Esto significa que no estarán afiliados al IMSS ni a ningún otro seguro, sino específicamente al del ISSSTE local. Es como cuando entras a chambear en una oficina de gobierno y te inscriben automáticamente a su seguro, igualito aquí.
Texto oficial
Artículo 18.- Los servidores públicos del Instituto, quedarán sujetos al régimen de seguridad social del Instituto de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado y Municipios. CAPÍTULO QUINTO DEL REGISTRO ESTATAL PIROTÉCNICO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.