Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Mexiquense de la Pirotecnia se creó para tres cosas principales. Primero, para poner reglas y revisar que se cumplan en todo lo relacionado con hacer, usar, vender, transportar, guardar y mostrar fuegos artificiales en el Estado de México, siempre con medidas de seguridad. Segundo, para juntar a la gente y a las autoridades y organizar cursos y nuevas tecnologías que hagan más seguro trabajar con pirotecnia. Tercero, para enseñar a todos a prevenir accidentes y a tener más cuidado con los cuetes y juegos pirotécnicos.
Texto oficial
Artículo 2.- El Instituto Mexiquense de la Pirotecnia, tendrá por objeto: I. Formular, controlar y vigilar las medidas de seguridad que se deben observar en las actividades de fabricación, uso, venta, transporte, almacenamiento y exhibición de artículos pirotécnicos, desarrolladas en el Estado de México; II. Coordinar y promover acciones modernizadoras de capacitación y tecnológicas en materia pirotécnica, entre los diferentes grupos de la sociedad y las autoridades; III. Generar, desarrollar y consolidar una cultura de prevención y de seguridad en materia pirotécnica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.