Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para vender o guardar juegos pirotécnicos (como cohetes o luces de bengala), necesitas primero la autorización del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia. Para eso, debes entregarles varios documentos, como un permiso de seguridad del municipio, tu acta de nacimiento y una identificación oficial (si eres persona física), o el acta de tu empresa y los datos de tu representante legal (si es un negocio). También tienes que presentar cartas de recomendación de expertos en pirotecnia, planos detallados del lugar donde los guardarás o venderás, un dictamen de Protección Civil, y un papel que demuestre que eres dueño o tienes derecho a usar el inmueble. Todo esto es para asegurarse de que no haya riesgos para la gente cerca.
Texto oficial
Artículo 21. Las personas físicas o jurídicas colectivas que pretendan establecer un polvorín, un local temporal o permanente, o transportar artificios pirotécnicos, deberán obtener la opinión favorable del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia, para lo que deberán presentar ante el Instituto la siguiente documentación: I. Certificado de conformidad de Seguridad Municipal, debidamente autorizado por el Presidente Municipal o autoridad administrativa designada por el cabildo, para tal efecto. II. Tratándose de personas físicas, acta de nacimiento e identificación oficial, para personas jurídicas colectivas, acta constitutiva y acreditación de su representante legal, dichos documentos deberán presentarse en original y copia para su cotejo. III. Para los polvorines pirotécnicos, también denominados talleres, dos cartas de recomendación avaladas por especialistas inscritos en el padrón del Registro Estatal de Pirotecnia, planos de ubicación y construcción a escala de 1:4000, considerando núcleos de población, industrias o vías de comunicación, así como las fotografías correspondientes. IV. Croquis para el caso de los locales permanentes o temporales. En caso de tianguis o mercados pirotécnicos, deberán presentar los planos de construcción a escala de 1:4000 considerando distancias de núcleos de población, industrias o vías de comunicación. Dichos documentos deberán acompañarse de fotografías. V. Dictamen de seguridad, otorgado por la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo. VI. Título de propiedad, sesión de derechos o instrumento legal que demuestra la posesión legal del inmueble.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.