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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia
Artículo
23

Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene hasta 30 días hábiles para darte una respuesta. Si todo está bien, te dará una opinión favorable; si no, te entregará un dictamen donde te explique por qué te negaron. Los días hábiles son los que sí se trabajan, sin contar sábados, domingos ni días festivos.

Texto oficial

Artículo 23. El Instituto contará con un término máximo de treinta días hábiles, para expedir la opinión favorable o en caso de negativa el dictamen correspondiente.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Pirotecnia (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.