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Ley
Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
Artículo
59

Artículo 59 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano Superior (una autoridad) puede obligarte a cumplir sus órdenes usando estas herramientas: primero, puede multarte con entre 100 y 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA, que es un valor fijo que usa el gobierno). Si no pagas o vuelves a incumplir, la multa se puede duplicar o triplicar cada vez, hasta un tope de 1,500 UMAs. También puede pedir ayuda a la policía para que te obliguen a cumplir. Las partes I y IV de este artículo ya no aplican.

Texto oficial

Artículo 59.- El Órgano Superior, para hacer cumplir sus determinaciones, podrá imponer de manera fundada y motivada, los medios de apremio siguientes: I. Derogada. II. Multa de 100 a 150 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, la cual podrá duplicarse o triplicarse en cada ocasión, hasta alcanzar 1,500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización; III. Auxilio de la fuerza pública; y IV. Derogada.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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