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Artículo 59 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano Superior (una autoridad) puede obligarte a cumplir sus órdenes usando estas herramientas: primero, puede multarte con entre 100 y 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA, que es un valor fijo que usa el gobierno). Si no pagas o vuelves a incumplir, la multa se puede duplicar o triplicar cada vez, hasta un tope de 1,500 UMAs. También puede pedir ayuda a la policía para que te obliguen a cumplir. Las partes I y IV de este artículo ya no aplican.

Texto oficial

Artículo 59.- El Órgano Superior, para hacer cumplir sus determinaciones, podrá imponer de manera fundada y motivada, los medios de apremio siguientes: I. Derogada. II. Multa de 100 a 150 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, la cual podrá duplicarse o triplicarse en cada ocasión, hasta alcanzar 1,500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización; III. Auxilio de la fuerza pública; y IV. Derogada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.