Artículo 1 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Esta ley aplica solo en el Estado de México y es obligatoria para todos, no se puede evitar. Si alguien necesita que se revise si algo es constitucional o no, el único que puede decidir es el Poder Judicial, específicamente la Sala Constitucional. En otras palabras, los jueces de esa sala son los encargados de resolver estos asuntos legales.
Texto oficial
Artículo 1.- Las Disposiciones de esta Ley son de orden público, regirán en el Estado de México y su aplicación corresponde al Poder Judicial de la entidad, a través de la Sala Constitucional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.