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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige el consejo municipal, pero antes el presidente municipal tiene que sugerir a la persona que quiere que ocupe el puesto. El consejo no puede nombrar a alguien sin que el presidente lo proponga primero. Básicamente, es como si el presidente diera una propuesta y el consejo decidiera si la acepta o no.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por el consejo municipal a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.