Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo elige el consejo municipal, pero antes el presidente municipal tiene que sugerir a la persona que quiere que ocupe el puesto. El consejo no puede nombrar a alguien sin que el presidente lo proponga primero. Básicamente, es como si el presidente diera una propuesta y el consejo decidiera si la acepta o no.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por el consejo municipal a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.