Artículo 74 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ir a la junta de aclaraciones es voluntario, no es obligatorio. Si quieres ir y ya comprobaste que tienes las bases de la convocatoria, debes registrarte máximo media hora antes de que empiece la junta.
Texto oficial
Artículo 74.- La asistencia a la junta de aclaraciones es optativa. Las personas que deseen asistir y acrediten haber adquirido las bases, se deberán registrar dentro de los treinta minutos anteriores a la hora programada para la celebración de la junta de aclaraciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.