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Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
39

Artículo 39 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El premio lo va a decidir un grupo de personas, que se llama "jurado calificador". Este grupo está formado por: el secretario o secretaria de Educación (quien será el jefe del grupo), la persona encargada de Servicios Educativos del Estado de México, dos representantes del sindicato de maestros del estado, un representante de la sección 17 del sindicato nacional de maestros, otro de la sección 36, un representante de la Universidad Autónoma del Estado de México, y uno de una escuela privada del estado.

Texto oficial

Artículo 39. El jurado calificador de dicha presea se integrará por: I. La persona titular de la Secretaría de Educación, quien lo presidirá; II. La persona titular de Servicios Educativos Integrados al Estado de México; III. Dos personas representantes del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México; IV. Una persona representante de la Sección 17 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación; V. Una persona representante de la Sección 36 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación; VI. Una persona representante de la Universidad Autónoma del Estado de México, y VII. Una persona representante de una institución educativa particular del Estado de México. Derogado.

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 9) ↗

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