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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl110/50
Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
50

Artículo 50 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no está vigente, como si lo hubieran borrado. Así que no tienes que preocuparte por él ni seguirlo, porque ya no existe en el marco legal. Cualquier cosa que antes decía ya no aplica desde que fue derogado.

Texto oficial

Artículo 50. Derogado.

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.