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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl116/10
Ley
Reglamento del Servicio Social
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento del Servicio Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a recibir educación, tienes que hacer servicio social como lo marca este reglamento. El servicio social es obligatorio y lo tienes que cumplir antes de que te den tu título profesional. No importa si ya terminaste todas las materias, sin el servicio social no puedes obtener tu cédula o título. Es como un requisito que debes cubrir sí o sí.

Texto oficial

Artículo 10.- Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los términos del presente Reglamento y demás disposiciones aplicables. La prestación del Servicio Social es un requisito previo para obtener un título profesional. CAPITULO TERCERO DE LA ORGANIZACION DEL SERVICIO SOCIAL

Ver texto oficial del Reglamento del Servicio Social (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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