Artículo 29 del Reglamento del Servicio Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las escuelas van a agarrar, repartir y anotar a los alumnos y pasantes en los diferentes proyectos. Tienen que seguir las reglas y requisitos que ya están definidos en este reglamento. También van a hacer un expediente (una carpeta con tus documentos) para cada persona que preste su servicio. Así que básicamente, la escuela se encarga de asignarte a un proyecto y guardar tu información.
Texto oficial
Artículo 29.- Las instituciones educativas captarán, asignarán y registrarán a los estudiantes y pasantes a los diversos proyectos, de acuerdo a los requisitos y lineamientos establecidos en el presente Reglamento, e integrarán el expediente de cada uno de los prestadores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.