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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl116/29
Ley
Reglamento del Servicio Social
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento del Servicio Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las escuelas van a agarrar, repartir y anotar a los alumnos y pasantes en los diferentes proyectos. Tienen que seguir las reglas y requisitos que ya están definidos en este reglamento. También van a hacer un expediente (una carpeta con tus documentos) para cada persona que preste su servicio. Así que básicamente, la escuela se encarga de asignarte a un proyecto y guardar tu información.

Texto oficial

Artículo 29.- Las instituciones educativas captarán, asignarán y registrarán a los estudiantes y pasantes a los diversos proyectos, de acuerdo a los requisitos y lineamientos establecidos en el presente Reglamento, e integrarán el expediente de cada uno de los prestadores.

Ver texto oficial del Reglamento del Servicio Social (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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