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Artículo 29 del Reglamento del Servicio Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las escuelas van a agarrar, repartir y anotar a los alumnos y pasantes en los diferentes proyectos. Tienen que seguir las reglas y requisitos que ya están definidos en este reglamento. También van a hacer un expediente (una carpeta con tus documentos) para cada persona que preste su servicio. Así que básicamente, la escuela se encarga de asignarte a un proyecto y guardar tu información.

Texto oficial

Artículo 29.- Las instituciones educativas captarán, asignarán y registrarán a los estudiantes y pasantes a los diversos proyectos, de acuerdo a los requisitos y lineamientos establecidos en el presente Reglamento, e integrarán el expediente de cada uno de los prestadores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.