Artículo 22 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del estado, sus oficinas y los municipios tienen la tarea de ayudar a crear, promover y cuidar las zonas turísticas. Cada uno debe hacerlo según lo que le toca hacer. Esto significa que trabajan juntos para que esos lugares sean atractivos y se mantengan en buen estado.
Texto oficial
Artículo 22.- Las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos públicos de la administración pública estatal y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones, participarán y coadyuvarán en la creación, promoción y conservación de zonas de interés turístico. CAPITULO CUARTO DEL SISTEMA ESTATAL DE INFORMACION DE DESARROLLO ECONOMICO Y DEL REGISTRO ESTATAL DE DESARROLLO ECONOMICO
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