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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl28/26
Ley
Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando entregues tu solicitud con todos los papeles que te piden, la Secretaría (que es la dependencia del gobierno del Estado de México encargada) tiene que darte un documento oficial que se llama Certificado de Empresa Mexiquense. Si por alguna razón no te lo pueden dar, ellos están obligados a explicarte claramente por qué te lo niegan, con razones basadas en la ley. En pocas palabras, o te lo aprueban o te dicen bien por qué no.

Texto oficial

Artículo 26.- Recibida la solicitud y la documentación respectiva, la Secretaría expedirá el Certificado de Empresa Mexiquense, o en su caso, expondrá las razones fundadas de la negativa.

Ver texto oficial del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.