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Artículo 5 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría se va a encargar de que los municipios, cuando creen programas para ayudar a la economía local, no anden cada quien por su lado. Es decir, lo que hagan en los pueblos o ciudades debe ir de la mano con los planes que ya tiene el gobierno del Estado de México. Todo tiene que estar alineado para que no haya contradicciones ni se desperdicien esfuerzos.

Texto oficial

Artículo 5.- La Secretaría promoverá ante los municipios que las acciones de fomento económico que desarrollen éstos, sean congruentes con las estatales y con el Plan de Desarrollo del Estado de México. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 09 de octubre de 2003. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE FOMENTO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO 3 CAPITULO SEGUNDO DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS ECONOMICOS SECCION PRIMERA DEL CONSEJO CONSULTIVO ECONOMICO ESTATAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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