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Artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres estudiante mexicano y llegas del extranjero, tienes que ir directamente a la escuela donde quieras seguir estudiando. El director de esa escuela se encargará de ubicarte en el grado que te toque, según una tabla oficial de la Secretaría de Educación Pública que compara los sistemas educativos de otros países con el de México. No necesitas hacer ningún trámite especial antes, solo presentarte en la institución educativa.

Texto oficial

Artículo 12.- Para efectos del artículo anterior, los educandos mexicanos que provengan del extranjero, deberán acudir directamente a la institución educativa en la que deseen continuar sus estudios, a fin de que el director de la escuela lo ubique en el grado que corresponda, de acuerdo con la tabla comparativa de sistemas educativos de otros países en relación con la de México, expedida por la Secretaría de Educación Pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.