Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es obligatorio para todos y busca beneficiar a la sociedad. Su objetivo es establecer las reglas para que puedas revalidar o hacer equivalencia de tus estudios. Esto aplica si los tramitas ante la Secretaría de Educación del Estado, ya sea en escuelas públicas, privadas con permiso oficial o en organismos del gobierno que den clases. Aplica para cualquier tipo, nivel o modalidad de educación. En pocas palabras, aquí se explican los pasos para que te reconozcan estudios hechos en otra escuela o sistema.
- Art. 2El gobierno del estado, por medio de la Secretaría de Educación, Cultura y Bienestar Social, es el encargado de hacer que se cumplan las reglas de este reglamento. También le toca a esa misma secretaría vigilar y asegurarse de que todo lo que dice aquí se aplique bien. En palabras más claras, si algo no se está haciendo como debe ser, es esa dependencia quien tiene la responsabilidad de intervenir.
- Art. 3Este artículo define los términos que se usarán en todo el reglamento. Por ejemplo, cuando digan "Ejecutivo" se refieren al gobernador o al gobierno del Estado de México, y "Autoridad Educativa Federal" es la SEP. "Secretaría" significa la Secretaría de Educación del Estado, y "Ley" es la Ley de Educación del Estado de México. La "Revalidación de Estudios" es el trámite para que te reconozcan en México los estudios que hiciste en el extranjero, siempre que sean equivalentes a los que se dan aquí. La "Equivalencia de Estudios" es el trámite para que te acepten estudios hechos dentro del país, pero en otra escuela o estado, como si fueran iguales a los que se imparten en el Estado de México.
- Art. 4La Secretaría es la que da el permiso para que te reconozcan estudios que hiciste en otro lugar, ya sea en otra escuela o en el extranjero. Esto aplica para la primaria, secundaria, la escuela normal (donde se forman los maestros) y también para la preparatoria y la universidad. En pocas palabras, si estudiaste algo fuera y quieres que te lo validen aquí en México, la Secretaría es la que decide si te lo aceptan o no.
- Art. 5La Secretaría solo puede dar trámite a revalidaciones o equivalencias de estudios cuando los planes y programas educativos se impartan en el Estado de México. Esto quiere decir que si hiciste una carrera o curso en otro estado, no pueden procesar tu solicitud aquí. Además, si tu intención es seguir estudiando en otra entidad del país, tampoco te pueden emitir una resolución. En pocas palabras, todo el proceso tiene que ser para estudios dentro del Estado de México.
- Art. 6Si estudiaste en el extranjero y quieres seguir estudiando en México (en el Sistema Educativo Nacional), puedes pedir que reconozcan las materias que ya cursaste. A ese proceso se le llama "revalidación de estudios". Es básicamente un trámite para que tus estudios de otro país tengan validez aquí.
- Art. 7Para que tu hijo pueda quedar inscrito de manera definitiva en una escuela, primero tienes que pasar por un trámite llamado "revalidación", que es como un registro provisional. Esto no significa que ya esté aceptado, solo es el primer paso. La escuela solo te dará un lugar fijo si hay cupo disponible y si cumples con todos los requisitos que ellos pidan.
- Art. 8Si quieres revalidar tus estudios en México, necesitas llevar a la Secretaría de Educación estos papeles: una solicitud llena (te la dan gratis), tus certificados y boletas de calificaciones del extranjero (con las materias, programas y notas), tu acta de nacimiento (si eres extranjero, también tu documento migratorio), tu historial escolar si aplica, y el comprobante de pago por el trámite. Lleva todo en original y una copia simple.
- Art. 9La persona que pide algo, o alguien de su confianza con permiso, puede entregar los papeles que demuestren que cumple con los requisitos de la ley. Pero para recoger la respuesta, solo el interesado puede ir en la fecha que le hayan dicho. Si no puede ir, puede mandar a alguien con una carta o un poder notarial especial que solo sirva para eso.
- Art. 10Cuando lleves documentos de escuelas del extranjero para revalidar tus estudios en México, deben cumplir con lo siguiente: si están en otro idioma, tienen que estar traducidos al español por un traductor autorizado y, además, legalizados o con una apostilla (un sello que confirma que el documento es válido). La única excepción es si estudiaste primaria o secundaria en Estados Unidos o Canadá: ahí solo necesitas el documento original, sin traducción ni legalización. Si eres extranjero, debes mostrar un papel que compruebe que estás legalmente en México, como una visa de estudiante. Y si solo tienes copias de tus documentos, tienes que ir a la embajada del país donde estudiaste para que verifiquen que son auténticos y te den una constancia.
- Art. 11Si eres estudiante del extranjero y quieres entrar a una escuela primaria en México (ya sea pública o privada con permiso de la Secretaría de Educación), te van a aplicar las mismas reglas que a cualquier otro alumno. Esas reglas son las normas oficiales sobre inscripciones, reinscripciones, acreditación de materias y certificados de estudios. Todo se hará según lo que la autoridad educativa federal haya definido para el ciclo escolar que te toque.
- Art. 12Si eres estudiante mexicano y llegas del extranjero, tienes que ir directamente a la escuela donde quieras seguir estudiando. El director de esa escuela se encargará de ubicarte en el grado que te toque, según una tabla oficial de la Secretaría de Educación Pública que compara los sistemas educativos de otros países con el de México. No necesitas hacer ningún trámite especial antes, solo presentarte en la institución educativa.
- Art. 13Cuando ya sepas en qué nivel educativo estás, tienes que pedirle a la Secretaría que te revalide tus estudios. Eso es para que todo quede en orden con tu situación académica y administrativa. Básicamente, es como pedir un "visto bueno" oficial para que lo que ya estudiaste cuente en el sistema. Sin ese trámite, tu situación no queda regularizada.
- Art. 14Si eres estudiante mexicano y venías estudiando en el extranjero, pero quieres seguir con la secundaria en una escuela de México, ya sea pública o privada, tienes que ir a hablar con el director de la escuela. Él va a revisar en una tabla especial qué grado te toca según lo que ya estudiaste. Además, el director les va a explicar a tus papás los pasos que deben seguir para que te reconozcan las materias que ya cursaste y así quedes bien registrado ante la escuela.
- Art. 15Si el país de donde vienes no aparece en la tabla que compara los sistemas educativos, entonces el director de la escuela, tus papás o tú (si eres mayor de edad) tienen que ir a la oficina que se encarga de revalidar estudios. Ahí, junto con el área correspondiente, van a decidir en qué grado te toca entrar. Básicamente, si no hay información clara del país de origen, van a evaluar tu caso para colocarte en el año escolar correcto.
- Art. 16Tienes que hacer los trámites de la escuela tú mismo, a menos que el director de la escuela los haga por ti. Si tus papás no pueden ir, puede ir un familiar directo, como tus abuelos o tus hijos, o alguien que tenga un permiso especial firmado ante notario (carta poder notarial). Ese familiar o representante tiene que mostrar una identificación para que lo dejen hacer el trámite. En pocas palabras, no puedes mandar a cualquier persona, solo a familiares cercanos o a alguien con un poder legal.
- Art. 17Si eres mexicano y estudiaste en el extranjero, y tienes el documento que se llama "Transfer Document for Binacional Migrant Student USA-MEXICO" (un papel que comprueba que estudiaste en Estados Unidos), no necesitas hacer ningún trámite para que te reconozcan tus estudios en México. Esto aplica solo si ya terminaste toda la primaria y/o secundaria, según el caso. La Secretaría de Educación te dará los certificados mexicanos directamente cuando vea ese documento. Así que si cumples con eso, te ahorras vueltas y papeleos.
- Art. 18Si eres mexicano o extranjero y estudiaste en el extranjero (primaria o secundaria), y no tienes los papeles que comprueben esos estudios, no te preocupes. La oficina que se encarga de revalidar estudios puede revisar tu caso y autorizarte un examen de ubicación. Ese examen sirve para saber en qué grado escolar te toca entrar, según lo que ya sabes. Así puedes continuar tus estudios en una escuela del Sistema Educativo Nacional sin problemas.
- Art. 19La educación media superior incluye tres cosas: el bachillerato (la prepa), niveles que sean equivalentes a la prepa, y la educación profesional que no te pide haber terminado la prepa, como algunos cursos técnicos. En pocas palabras, cubre todo lo que viene después de la secundaria pero antes de la universidad.
- Art. 20Si quieres revalidar tus estudios de prepa o bachillerato, tienes que ir directamente a la oficina que se encarga de hacer esos trámites. Si esa oficina no puede resolver tu caso, entonces debes preguntarle a la autoridad educativa federal, que es la que maneja la educación a nivel país.
- Art. 21Cuando lleves tus papeles para revalidar estudios, la oficina que se encarga del trámite va a revisar que tus documentos originales y las copias simples sean iguales. Te devolverán los originales en el momento, así que solo se quedarán con las copias para trabajar. No te preocupes, no te van a retener tus papeles importantes. Solo asegúrate de que las copias se vean bien y sean legibles.
- Art. 22Cuando entregues todos los papeles que te piden para revalidar tus estudios, la oficina que los revisa te va a devolver una copia de tu solicitud con un sello o firma que compruebe que la recibieron. Ahí mismo te dirán por escrito en qué fecha te darán la respuesta. Ese plazo no puede ser mayor a 15 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni días festivos).
- Art. 23Si los papeles que entregaste para revalidar materias no están completos, no te van a dar el visto bueno. La resolución quiere decir la respuesta final de la escuela. Revalidación es cuando te aceptan estudios que ya hiciste en otra institución. Así que asegúrate de entregar todos los documentos bien llenos y sin faltantes.
- Art. 24Si estás pidiendo que te revalidan tus estudios de prepa, tienes que decir en qué modalidad (como presencial o en línea), el nombre de la escuela a la que quieres entrar y, si aplica, el área de especialidad que te interesa. Esto es solo para los que cursan o ya tienen estudios de nivel medio superior, no para otros niveles. Básicamente, el artículo te pide que seas claro desde el principio sobre dónde y cómo quieres continuar tus estudios.
- Art. 25Si al revisar tus documentos para revalidar estudios resulta que no coinciden con los planes de estudio del área que pediste, la oficina encargada te avisará. A partir de ese aviso, tienes diez días para cambiar tu solicitud o demostrar que sí hay equivalencia. Si no respondes en ese tiempo, tu trámite se cancela y se da por terminado.
- Art. 26Para que te revaliden un semestre completo de estudios hechos en el extranjero, necesitas haber pasado todas las materias de ese semestre. Si no las tienes todas aprobadas, entonces solo te van a revalidar las materias que sí acreditaste. En pocas palabras, si no cubres todo el semestre, te toca revalidar por materia o por unidad de aprendizaje.
- Art. 27Si estudiaste en el extranjero y quieres que tu certificado de preparatoria (o bachillerato) sea válido en México, necesitas revalidar tus estudios. Para eso, primero debes tener todas tus materias aprobadas en la escuela de otro país. Además, lo que estudiaste debe coincidir al menos en la mitad (50%) con los planes de estudio mexicanos. Si cumples con esto, la Secretaría de Educación puede darte el permiso para que tu grado sea reconocido aquí.
- Art. 28Si estudiaste en el extranjero una carrera técnica o bachillerato que mezcla materias prácticas y teóricas (bachillerato bivalente), la Secretaría de Educación puede revalidarte semestres completos, pero solo si lo que estudiaste cubre al menos el 70% de lo que se enseña en México. Si no llegas a ese porcentaje, entonces te revalidarán materia por materia, es decir, solo las que sí coincidan con el plan de estudios mexicano.
- Art. 29Si estudiaste en el extranjero en un país que tiene un acuerdo con México, vas a seguir las reglas de ese acuerdo para revalidar tus estudios. La Secretaría de Educación debe tener toda la información sobre esos acuerdos internacionales para que todo salga bien. Básicamente, si hay un trato entre México y otro país, se respeta lo que se firmó. La Secretaría checa esos documentos para que puedas revalidar tus materias o grados sin problemas.
- Art. 30Si tus estudios de bachillerato los hiciste en el extranjero y al compararlos con los planes mexicanos resulta que no cubren ni la mitad de lo que se pide, la autoridad te va a pedir que presentes un examen en una escuela oficial o privada que la Secretaría elija. Ese examen es para ver si realmente tienes los conocimientos necesarios para que te reconozcan todo el bachillerato aquí en México.
- Art. 31Si tú, como alumno, no quieres hacer la evaluación que te pidieron para revalidar tus materias, la escuela va a revisar tus estudios de otra manera. En lugar de la prueba, te van a evaluar por tus materias o unidades de aprendizaje ya cursadas y te van a dar un resultado oficial. Básicamente, no importa que te niegues a la evaluación: igual van a decidir si te convalidan o no tus estudios, pero siguiendo otro procedimiento.
- Art. 32Este artículo dice que los estudios superiores en México incluyen el técnico superior, la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado. También cuenta como educación superior algunas opciones que puedes terminar antes de acabar la licenciatura, como ciertos certificados. Además, incluye la educación normal, que es la carrera para ser maestro, en todos sus niveles y especialidades.
- Art. 33Si quieres revalidar tus estudios de nivel superior, tienes que ir directamente a la oficina que se encarga de hacer ese trámite. Si esa oficina no puede resolver tu caso, ellos mismos deben consultarlo con la autoridad educativa federal. O sea, tú solo tienes que presentar tu solicitud en el lugar correcto.
- Art. 34La oficina que se encarga de revalidar tus estudios, cuando reciba tus documentos, va a revisar que las copias que entregaste sean iguales a los originales. Después de compararlos, te devolverá tus papeles originales. Así, ellos solo trabajarán con las copias que les diste. Solo asegúrate de que las copias se entiendan bien.
- Art. 35Cuando entregues todos los papeles que te piden para revalidar tus estudios, la oficina encargada te va a recibir un comprobante con el sello de recibido. También te van a dar por escrito la fecha exacta en la que te darán su respuesta. Ese plazo no puede pasar de quince días hábiles, o sea, sin contar sábados, domingos ni días festivos.
- Art. 36Si eres extranjero y quieres revalidar tus estudios superiores en México, tienes que comprobar ante la autoridad educativa que estás en el país de manera legal. También necesitas que tu estatus migratorio (como visa o residencia) te permita solicitar y obtener esa revalidación. En otras palabras, no basta con estar aquí: tu permiso de migración debe autorizar este trámite. Esto aplica solo para estudios de nivel universitario o superior.
- Art. 37Si tú pides una revalidación de estudios, tienes que decir con cuál plan de estudios actual de la SEP quieres que comparen el tuyo. Si no lo haces, la oficina que se encarga de aprobar la revalidación va a decidir por su cuenta qué plan es el más parecido al que estudiaste, y con base en eso te resolverán.
- Art. 38Si los estudios que quieres revalidar no se llaman igual que algún plan de estudios oficial, la Secretaría te avisará. A partir de que recibas el aviso, tendrás 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para decir con qué otro plan de estudios te gustaría que se compararan tus materias.
- Art. 39Si estudiaste una carrera en otro estado o país y quieres ejercer tu profesión en la entidad, no te revalidarán todo el título de golpe. Tendrán que revisar tus estudios materia por materia, viendo qué viste en cada una y cuántas horas le dedicaste. La única excepción es si hay un tratado o acuerdo internacional firmado por México; en ese caso, se aplicarán las reglas de ese documento en lugar de las locales.
- Art. 40La Secretaría de Educación puede darte una revalidación completa de tu grado escolar solo si tu plan de estudios es muy parecido al del sistema mexicano, con al menos un 90% de similitud. Si no llegas a ese 90%, pero pasas un examen de conocimientos, también te pueden dar la revalidación completa. En cualquier otro caso, solo te revalidarán las materias que sí sean equivalentes y te darán una explicación por escrito de por qué.
- Art. 41Si pides una revalidación completa de tus estudios pero no alcanzas el 90% de los requisitos, la autoridad te avisará. Entonces tendrás la opción de presentar un examen de conocimientos en la escuela que indique la Secretaría. Si pasas el examen, te darán la revalidación total; si no, solo te reconocerán materias o temas específicos.
- Art. 42Si estudias para maestro en la Escuela Normal, cuando quieras que te reconozcan estudios hechos en otra escuela, siempre te van a revalidar materia por materia. O sea, no te van a aceptar todo el grado o el nivel de golpe, sino que checan cada clase por separado para ver si la puedes pasar como equivalente. Esto aplica para todos los niveles y especialidades de la educación normal.
- Art. 43La Secretaría de Educación se encarga de hacer válidos los acuerdos internacionales que firme el Presidente sobre la revalidación de estudios, o sea, que certifiquen que tus estudios hechos en otro país son equivalentes a los de México. Si hay alguna duda sobre cómo aplicar o entender esos acuerdos, solo las autoridades federales pueden decidir cómo se resuelve. Esto aplica para todas las escuelas y niveles educativos donde la Secretaría tenga autoridad. En pocas palabras, si estudiaste en el extranjero, esta dependencia te ayuda a que tus estudios sean reconocidos aquí, siguiendo las reglas de los tratados que firmó México.
- Art. 44La Secretaría le va a pedir a la autoridad educativa federal los datos que necesite sobre los tratados y acuerdos generales que sean útiles para aplicar lo del artículo anterior. Esto solo aplica para lo que dice el reglamento de revalidación y equivalencia de estudios. En otras palabras, si se necesita revisar algún documento importante para tomar una decisión, la Secretaría lo solicita directamente.
- Art. 45La autoridad educativa del gobierno federal puede emitir reglas generales que aplican en el Estado de México, pero solo para estudios de preparatoria, universidad o cursos de capacitación para el trabajo. Esas reglas no aplican para otros tipos de educación, como la básica. La Secretaría de Educación es la que decide si esos estudios hechos en otro lugar son válidos aquí.
- Art. 46Si el gobierno federal (la Secretaría) te reconoce estudios hechos en otro país o sistema, ese reconocimiento sirve en todo México, no solo en un estado. Esto quiere decir que si pides que te validen una carrera o un grado, una vez que lo autorizan, cualquier escuela o autoridad del país debe respetarlo. En otras palabras, no tienes que volver a hacer el trámite en cada lugar al que te mudes.
- Art. 47Si tú pides que te reconozcan tus estudios hechos en otro lugar como equivalentes a los de México, tienes que cumplir con todos los requisitos que se piden en esta sección de la ley. La Secretaría de Educación necesita esa información para poder decidir si te da el visto bueno o no.
- Art. 48Si quieres que te reconozcan estudios que ya hiciste (equivalencia), tienes que ir a la oficina que se encarga de eso y llevar los siguientes papeles, tanto original como copia: una solicitud llenada en el formato que te da gratis la Secretaría, tus boletas de calificaciones o certificados oficiales, tu acta de nacimiento (si eres extranjero, también tu documento migratorio), tu historial escolar si aplica, el comprobante de pago del trámite, y los planes de estudio si la oficina no los tiene.
- Art. 49Tú o cualquier persona de tu confianza puede entregar la solicitud de equivalencia de estudios y los papeles que pide el artículo anterior. Sin embargo, para recoger la respuesta o resolución, tienes que ir tú mismo el día que te indique la Secretaría. Si no puedes ir, puede hacerlo un representante legal, siempre que lleve una carta poder o un poder notarial especial que lo autorice.
- Art. 50Para que te acepten estudios hechos en otro lugar (como otra escuela o país) tienes que llevar un certificado que esté legalizado o sellado por las autoridades del Estado de México. El certificado puede ser completo o solo de algunas materias. Ese papel es necesario para pedir la equivalencia de estudios, que básicamente es que te reconozcan lo que ya estudiaste. Sin ese documento legalizado, no podrás hacer el trámite.
- Art. 51Si la Secretaría sospecha que los documentos que entregaste son falsos, te va a notificar para que en un plazo de 15 días hábiles (sin contar fines de semana ni días festivos) demuestres que sí son legítimos. Si no logras probarlo, tu solicitud será rechazada y se le avisará al ministerio público (la autoridad que investiga delitos). Si no pudiste comprobar la autenticidad en esos 15 días por razones que no dependan de ti, puedes pedir una prórroga, y te pueden dar hasta 30 días hábiles más. Pero si aún así no cumples, se aplicará la misma regla: se desecha tu trámite y se le da parte al ministerio público.
- Art. 52Si eres extranjero y quieres que te reconozcan estudios hechos fuera de México, necesitas mostrar un documento que compruebe que estás legalmente en el país. También debes tener una forma migratoria que te permita estudiar aquí, como una visa de estudiante. Si no entregas estos papeles, no van a procesar tu solicitud de equivalencia de estudios.
- Art. 53El artículo 53 dice que ningún extranjero, sin importar cuánto tiempo lleve viviendo en México, puede estar exento de mostrar su situación migratoria. Esto significa que siempre que lo pidan las autoridades, tienes que comprobar que estás legalmente en el país con tu visa o documento oficial. No importa si llevas años aquí o solo unos días, la regla aplica parejo para todos. La "calidad migratoria" es simplemente tu estatus legal como visitante, residente temporal o permanente. En pocas palabras, no hay excusa para no traer tus papeles en regla.
- Art. 54Las secundarias en México deben usar los planes de estudio que la autoridad educativa federal diga. Si hay escuelas que todavía usan programas diferentes y tú pasas de una de esas a una escuela oficial, te van a reconocer lo que ya estudiaste, siempre y cuando hayas pasado todas tus materias. Esto se llama "equivalencia", que significa que te cuentan el grado como si lo hubieras hecho en una escuela oficial.
- Art. 55Si un estudiante no ha pasado todas sus materias, le van a reconocer las que sí tenga aprobadas, materia por materia. También le van a contar los grados o semestres que ya completó, pero solo en orden, pasito a pasito. O sea, si ya acabaste tercero pero te falta una materia de segundo, te reconocen lo de segundo y tercero, pero siempre siguiendo la secuencia de estudios. Así que no te preocupes si te falta algo, porque te toman en cuenta lo que ya llevas avanzado.
- Art. 56Cuando ya todos los sistemas de educación secundaria estén unificados y todas las escuelas sigan los mismos planes de estudio aprobados por el gobierno federal, lo único que vas a necesitar para entrar a cualquier escuela será tu boleta de calificaciones o tu certificado. Eso significa que ya no te van a pedir otros documentos o requisitos extras para inscribirte. En pocas palabras, tu historial de calificaciones será tu pase libre para estudiar donde quieras.
- Art. 57La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) tiene que asegurarse de que nadie te impida terminar la secundaria o te ponga trabas para estudiarla. Su obligación es ponerse de tu lado para que puedas seguir con tu educación. Esto lo hace para cumplir con lo que marca la ley sobre el derecho a la educación.
- Art. 58La equivalencia de la preparatoria (educación media superior) sirve para que puedas seguir estudiando en otro nivel, modalidad o rama de este tipo educativo, como los que menciona el artículo 19 de este reglamento. Esto aplica si ya estudiaste algo de ese nivel pero quieres cambiarte a otra opción, por ejemplo, de una escuela técnica a una general o de un sistema escolarizado a uno abierto. En pocas palabras, es un trámite que reconoce los estudios que ya llevas para que no los tengas que repetir al cambiar de camino. Así, puedes continuar tu educación sin empezar desde cero.
- Art. 59Si quieres que te reconozcan tus estudios de preparatoria como equivalentes a los de otra escuela, tienes que ir a la oficina que se encarga de hacer esos trámites. Lleva tu solicitud ya llena, donde digas qué nivel estudiaste y a qué escuela nueva quieres entrar. Además, debes entregar todos los documentos que pide el artículo 48 de este reglamento.
- Art. 60Si alguien no aclara a qué nivel educativo quiere que le convaliden sus estudios, la autoridad te avisará para que corrijas ese error. Tendrás 5 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni días festivos) para hacerlo. Si no te presentas o diste mal tu domicilio para recibir el aviso, la Secretaría decidirá por ti. Asignará el nivel de estudios que más se parezca al que ya tienes.
- Art. 61Si no estás de acuerdo con la decisión que te dieron, tienes derecho a quejarte. Puedes presentar un recurso de inconformidad ante la misma autoridad que emitió la resolución. Otra opción es acudir directamente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo para demandar. Todo esto se hace siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. El recurso de inconformidad es un trámite para impugnar una decisión, y el Tribunal es un juzgado especializado en asuntos del gobierno.
- Art. 62Este artículo habla de cómo se reconoce tu nivel de estudios si vienes de otra escuela. Si quieres que te acepten un semestre o grado completo, necesitas tener aprobadas todas las materias de ese semestre. Si no las tienes completas, la Secretaría te va a reconocer solo las materias que ya pasaste, empezando desde el semestre o grado que sí tienes terminado.
- Art. 63La Secretaría de Educación solo puede hacer válidos tus estudios para que sigas estudiando en escuelas del Estado que tengan planes de estudio oficiales. Esto significa que no te van a dar un papel de equivalencia para estudiar en instituciones que no estén bajo su control o fuera delEstado. En pocas palabras, si cambias de escuela, solo te sirve dentro del sistema estatal. Así que si piensas estudiar en otro lado, tendrás que ver con otra autoridad educativa.
- Art. 64Si estás cambiándote de escuela dentro del sistema educativo, no te pueden inscribir en la nueva institución hasta que la Secretaría te dé un papel oficial que confirme que tus estudios anteriores son equivalentes a los que vas a cursar. Ese papel se llama resolución de equivalencia. Sin él, no puedes empezar clases en la nueva escuela.
- Art. 65Si terminaste la prepa en cualquier escuela del país y quieres cambiarte a otra escuela, modalidad o plan de estudios solo para subir tu promedio, no te van a reconocer todo lo que ya cursaste. Solo te van a contar los primeros dos años o cuatro semestres, y te obligarán a repetir el último año o los dos últimos semestres en la nueva escuela. Si no estás de acuerdo con esa decisión, entonces te harán equivalencia por cada materia que ya hayas pasado, sin importar cuántas sean.
- Art. 66Si tú pides que te reconozcan estudios hechos en otra escuela o sistema (eso es una equivalencia), y tienes todas tus materias aprobadas hasta el semestre anterior al que quieres entrar, la autoridad educativa va a comparar los planes de estudio. Si encuentra que el 50% o más de los temas y las horas de clase son iguales, entonces te van a dar el reconocimiento por semestres completos. En pocas palabras, si lo que ya estudiaste se parece mucho a lo que se da en la nueva escuela, te cuentan el semestre entero y no materia por materia.
- Art. 67Si al revisar tus materias no cubres al menos la mitad del plan de estudios, no te darán la equivalencia completa. En ese caso, solo te reconocerán las materias que sí sean parecidas, y tendrás que cursar todas las que no tengan equivalencia. O sea, tomarás las clases que no te hayan aceptado.
- Art. 68Si tienes semestres completos, pero en uno de ellos te quedaste con una materia reprobada, las equivalencias se van a aplicar de la siguiente manera: primero te reconocerán los semestres completos que pasaste bien, desde el primero hasta el semestre donde tienes la materia reprobada. A partir de ese semestre, aunque después tengas otros semestres totalmente aprobados, las equivalencias solo te las van a dar por materias sueltas, no por semestres completos. Esto sigue lo que dice el artículo 66 del reglamento.
- Art. 69La Secretaría solo va a dar tu promedio de calificaciones si completaste todo el semestre, es decir, que hayas cursado y evaluado todas las materias. No te van a sacar un promedio si te reconocen materias por equivalencias, como cuando te convalidan una clase que ya llevaste en otra escuela. En pocas palabras, solo sacan el promedio de los semestres que terminaste completamente, no de medias carreras o materias sueltas.
- Art. 70Las materias que ya pasaste y que tienen calificación de "acreditada" (como "AC" o algún equivalente que diga que aprobaste sin número exacto) no se toman en cuenta para calcular tu promedio. Si te piden un papel donde diga que esas materias son equivalentes a otras, en ese documento se debe anotar "AC" en lugar de un número, y esas calificaciones no se suman al promedio general. Es decir, aunque las hayas aprobado, no afectan tu promedio para bien ni para mal.
- Art. 71Si quieres que te reconozcan tus estudios de otra escuela como equivalentes a los de una nueva carrera, tienes que ir a la oficina que se encarga de hacer esos trámites y llevar la solicitud bien llena. Ahí debes escribir exactamente a qué plan de estudios quieres pasarte. Pero si no lo pones, la autoridad educativa va a decidir por su cuenta con qué plan o programa tus materias pueden ser equivalentes.
- Art. 72La Secretaría solo te puede reconocer materias sueltas de tus estudios, a menos que descubra que tu plan de estudios es exactamente igual al de ellos, en ese caso te reconocerá semestres enteros.
- Art. 73Cuando pidas que te reconozcan estudios que hiciste en otra escuela para que cuenten en la que estás ahora, lo primero que van a revisar es si los temas que viste son los mismos, y eso es lo más importante. Después, si hace falta, checarán cuántas horas duró tu curso, pero solo para ver si tienes que complementar alguna materia. O sea, no te preocupes tanto por las horas si lo que estudiaste es muy parecido.
- Art. 74El artículo 74 dice que la oficina encargada de dar el permiso para que tus estudios de otras escuelas valgan aquí, puede pedirle a la escuela a la que quieras entrar un primer análisis, llamado "predictamen". Ese análisis no es la decisión final, solo es una recomendación que la Secretaría revisa y decide si la aprueba o no.
- Art. 75La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) tiene el derecho de dejar de aceptar los "predictámenes" (unos documentos o estudios previos) en cualquier momento, si piensa que no están bien hechos. Esto significa que aunque estés entregando esos papeles, ellos pueden decidir que ya no los reciben si no cumplen con lo que esperan. Es como cuando un profesor deja de recibir tareas si ve que no están bien trabajadas. No hay un aviso ni un tiempo fijo, solo que la Secretaría lo decide cuando quiere.
- Art. 76La Secretaría puede hacer acuerdos con la SEP u otras oficinas del gobierno para encontrar maneras de hacer más fáciles y rápidos los trámites. También se asegura de que todo se haga con legalidad, claridad y honradez. Esto quiere decir que los procesos serán más simples para ti, sin tantas vueltas. El objetivo es que todo sea transparente y sin corrupción.
- Art. 77La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) tiene que avisarle a la autoridad educativa federal (la que maneja la educación en todo el país) sobre los acuerdos o convenios que firme. También debe informarle cuáles de esos convenios siguen vigentes, o sea, que todavía están funcionando. Básicamente, no puede esconder nada; todo lo que pacte o tenga activo lo tiene que reportar.
- Art. 78El artículo 78 dice que la Secretaría de Educación del Estado de México puede emitir reglas generales para aceptar que ciertos estudios sean equivalentes a otros (como reconocer que un curso vale como una materia escolar). Esas reglas deben publicarse en la “Gaceta del Gobierno”, que es el periódico oficial del estado, y una vez publicadas, tienen validez oficial sin necesidad de hacer ningún trámite extra para que sean válidas o auténticas.