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Ley
Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Artículo
2

Artículo 2 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado, por medio de la Secretaría de Educación, Cultura y Bienestar Social, es el encargado de hacer que se cumplan las reglas de este reglamento. También le toca a esa misma secretaría vigilar y asegurarse de que todo lo que dice aquí se aplique bien. En palabras más claras, si algo no se está haciendo como debe ser, es esa dependencia quien tiene la responsabilidad de intervenir.

Texto oficial

Artículo 2.- Corresponde al Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Educación, Cultura y Bienestar Social, la aplicación, vigilancia y cumplimiento de este reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios (pág. 2) ↗

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