Artículo 63 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación solo puede hacer válidos tus estudios para que sigas estudiando en escuelas del Estado que tengan planes de estudio oficiales. Esto significa que no te van a dar un papel de equivalencia para estudiar en instituciones que no estén bajo su control o fuera delEstado. En pocas palabras, si cambias de escuela, solo te sirve dentro del sistema estatal. Así que si piensas estudiar en otro lado, tendrás que ver con otra autoridad educativa.
Texto oficial
Artículo 63.- Las resoluciones de equivalencia de estudios que emita la Secretaría, tendrán efectos para continuar estudios dentro de alguna de las instituciones que impartan planes y programas de estudio vigentes en el Estado, por lo que la Secretaría no podrá expedir resoluciones de equivalencia para instituciones que estén fuera de su competencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.