Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 62 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se reconoce tu nivel de estudios si vienes de otra escuela. Si quieres que te acepten un semestre o grado completo, necesitas tener aprobadas todas las materias de ese semestre. Si no las tienes completas, la Secretaría te va a reconocer solo las materias que ya pasaste, empezando desde el semestre o grado que sí tienes terminado.

Texto oficial

Artículo 62.- La equivalencia de niveles iguales o similares se hará, en principio, por semestres o grados completos, siempre que el particular tenga acreditadas todas las materias de los semestres o grados que se pretenden equiparar; cuando no sea así, la Secretaría emitirá una resolución de equivalencia por materias a partir del semestre o grado que no tenga completo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.