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Artículo 61 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no estás de acuerdo con la decisión que te dieron, tienes derecho a quejarte. Puedes presentar un recurso de inconformidad ante la misma autoridad que emitió la resolución. Otra opción es acudir directamente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo para demandar. Todo esto se hace siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. El recurso de inconformidad es un trámite para impugnar una decisión, y el Tribunal es un juzgado especializado en asuntos del gobierno.

Texto oficial

Artículo 61.- Para efectos del artículo anterior, si el particular estuviere inconforme con la resolución otorgada, podrá interponer ante la misma autoridad el recurso de inconformidad o juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en términos del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.