Artículo 60 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien no aclara a qué nivel educativo quiere que le convaliden sus estudios, la autoridad te avisará para que corrijas ese error. Tendrás 5 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni días festivos) para hacerlo. Si no te presentas o diste mal tu domicilio para recibir el aviso, la Secretaría decidirá por ti. Asignará el nivel de estudios que más se parezca al que ya tienes.
Texto oficial
Artículo 60.- En caso de que el particular no mencione el nivel del que desea se haga la equiparación correspondiente, la unidad administrativa encargada de expedir las equivalencias de estudios notificará de este hecho al interesado para que éste, en el término de cinco días hábiles, subsane dicha omisión. En caso de que el particular no compareciera o el domicilio que señaló para oír y recibir notificación no fuera el correcto, la Secretaría emitirá la resolución de equivalencia de acuerdo al nivel que tenga más equiparación con el estudiado por el educando.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.