Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 65 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si terminaste la prepa en cualquier escuela del país y quieres cambiarte a otra escuela, modalidad o plan de estudios solo para subir tu promedio, no te van a reconocer todo lo que ya cursaste. Solo te van a contar los primeros dos años o cuatro semestres, y te obligarán a repetir el último año o los dos últimos semestres en la nueva escuela. Si no estás de acuerdo con esa decisión, entonces te harán equivalencia por cada materia que ya hayas pasado, sin importar cuántas sean.

Texto oficial

Artículo 65.- Los alumnos que hayan concluido sus estudios del tipo medio superior en cualquier institución dentro del Sistema Educativo Nacional y deseen cambiarse de modalidad, nivel o institución, para efectos de aumentar su promedio final habiendo concluido el nivel correspondiente, la equivalencia se hará respecto de los dos primeros grados o cuatro primeros semestres, obligándoles a cursar el último grado o los dos últimos semestres del nivel o modalidad que corresponda. Si el particular estuviere inconforme con esa resolución se le hará su equivalencia por materia, sin importar el número de asignaturas equivalentes que pudieren resultar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.