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Artículo 30 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tus estudios de bachillerato los hiciste en el extranjero y al compararlos con los planes mexicanos resulta que no cubren ni la mitad de lo que se pide, la autoridad te va a pedir que presentes un examen en una escuela oficial o privada que la Secretaría elija. Ese examen es para ver si realmente tienes los conocimientos necesarios para que te reconozcan todo el bachillerato aquí en México.

Texto oficial

Artículo 30.- En caso de que el interesado presente estudios de bachillerato cursados en el extranjero y que del estudio comparativo que se haga de los planes y programas a revalidar resulte una equiparación menor al 50%, se le requerirá al interesado que acredite un examen ante una institución oficial o privada, designada por la Secretaría, a efecto de determinar si tiene los conocimientos necesarios para otorgarle una revalidación global del nivel bachillerato.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.