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Artículo 55 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un estudiante no ha pasado todas sus materias, le van a reconocer las que sí tenga aprobadas, materia por materia. También le van a contar los grados o semestres que ya completó, pero solo en orden, pasito a pasito. O sea, si ya acabaste tercero pero te falta una materia de segundo, te reconocen lo de segundo y tercero, pero siempre siguiendo la secuencia de estudios. Así que no te preocupes si te falta algo, porque te toman en cuenta lo que ya llevas avanzado.

Texto oficial

Artículo 55.- En el supuesto de que los educandos no tengan acreditadas todas las materias, se les otorgará la equivalencia por materia o unidades de aprendizaje, a partir de los grados que estén incompletos, debiéndoles otorgar la equivalencia por grados completos en forma seriada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.