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Artículo 71 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres que te reconozcan tus estudios de otra escuela como equivalentes a los de una nueva carrera, tienes que ir a la oficina que se encarga de hacer esos trámites y llevar la solicitud bien llena. Ahí debes escribir exactamente a qué plan de estudios quieres pasarte. Pero si no lo pones, la autoridad educativa va a decidir por su cuenta con qué plan o programa tus materias pueden ser equivalentes.

Texto oficial

Artículo 71.- El particular que solicite una equivalencia de educación superior, deberá acudir a la unidad administrativa encargada de expedir las equivalencias de estudios a presentar la solicitud debidamente requisitada, indicando el plan y programa al que desea transitar. En caso de que el particular no mencione tal situación en su solicitud, la Secretaría emitirá su resolución de acuerdo con los planes y programas que pudieren ser equivalentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.