- Ley
- Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
- Artículo
- 72
Artículo 72 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría solo te puede reconocer materias sueltas de tus estudios, a menos que descubra que tu plan de estudios es exactamente igual al de ellos, en ese caso te reconocerá semestres enteros.
Texto oficial
Artículo 72.- Las resoluciones de equivalencia de educación superior que emita la Secretaría serán siempre por asignaturas, a menos que del estudio comparativo hecho a los planes y programas de estudio, resulte que son equivalentes al 100%, en este caso se emitirá por semestres completos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.