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Artículo 72 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría solo te puede reconocer materias sueltas de tus estudios, a menos que descubra que tu plan de estudios es exactamente igual al de ellos, en ese caso te reconocerá semestres enteros.

Texto oficial

Artículo 72.- Las resoluciones de equivalencia de educación superior que emita la Secretaría serán siempre por asignaturas, a menos que del estudio comparativo hecho a los planes y programas de estudio, resulte que son equivalentes al 100%, en este caso se emitirá por semestres completos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.