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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl282/23
Ley
Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Artículo
23

Artículo 23 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los papeles que entregaste para revalidar materias no están completos, no te van a dar el visto bueno. La resolución quiere decir la respuesta final de la escuela. Revalidación es cuando te aceptan estudios que ya hiciste en otra institución. Así que asegúrate de entregar todos los documentos bien llenos y sin faltantes.

Texto oficial

Artículo 23.- La resolución de revalidación no procederá cuando la información contenida en la documentación esté incompleta. SECCION SEGUNDA DEL ESTUDIO COMPARATIVO DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO

Ver texto oficial del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios (pág. 5) ↗

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