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Artículo 50 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te acepten estudios hechos en otro lugar (como otra escuela o país) tienes que llevar un certificado que esté legalizado o sellado por las autoridades del Estado de México. El certificado puede ser completo o solo de algunas materias. Ese papel es necesario para pedir la equivalencia de estudios, que básicamente es que te reconozcan lo que ya estudiaste. Sin ese documento legalizado, no podrás hacer el trámite.

Texto oficial

Artículo 50.- Los interesados deberán presentar certificados totales o parciales legalizados en el Estado de México, a fin de realizar trámites de equivalencia de estudios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.