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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl282/33
Ley
Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Artículo
33

Artículo 33 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres revalidar tus estudios de nivel superior, tienes que ir directamente a la oficina que se encarga de hacer ese trámite. Si esa oficina no puede resolver tu caso, ellos mismos deben consultarlo con la autoridad educativa federal. O sea, tú solo tienes que presentar tu solicitud en el lugar correcto.

Texto oficial

Artículo 33.- El interesado en obtener una revalidación de estudios de educación superior, deberá acudir a la unidad administrativa encargada de expedir las revalidaciones de estudios, para llevar a cabo la tramitación de la misma. En caso de que la unidad no sea competente, deberá consultar su solicitud con la autoridad educativa federal.

Ver texto oficial del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.