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Artículo 38 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los estudios que quieres revalidar no se llaman igual que algún plan de estudios oficial, la Secretaría te avisará. A partir de que recibas el aviso, tendrás 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para decir con qué otro plan de estudios te gustaría que se compararan tus materias.

Texto oficial

Artículo 38.- En caso de no existir planes y programas que tengan el mismo nombre de los estudios que se pretenden revalidar, la Secretaría lo notificará al interesado, para que en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, manifieste los planes y programas contra los cuales podría hacerse la revalidación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.