Artículo 78 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 78 dice que la Secretaría de Educación del Estado de México puede emitir reglas generales para aceptar que ciertos estudios sean equivalentes a otros (como reconocer que un curso vale como una materia escolar). Esas reglas deben publicarse en la “Gaceta del Gobierno”, que es el periódico oficial del estado, y una vez publicadas, tienen validez oficial sin necesidad de hacer ningún trámite extra para que sean válidas o auténticas.
Texto oficial
Artículo 78.- La Secretaría podrá expedir resoluciones generales de equivalencias de estudios. Las resoluciones deberán ser publicadas en la “Gaceta del Gobierno” y tendrán validez oficial en la entidad, por lo que no se requerirá de ningún otro trámite para su validación o autenticidad. T R A N S I T O R I O S ARTICULO PRIMERO.- Publíquese el presente reglamento en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno". ARTICULO SEGUNDO.- Este reglamento entrará en vigor el día siguiente a su publicación en la "Gaceta del Gobierno". ARTICULO TERCERO.- Quedan sin efecto las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente reglamento. ARTICULO CUARTO.- Los procedimientos de revalidación y equivalencia de estudios que se encuentren en trámite a la fecha de la publicación de este ordenamiento, se resolverán a la brevedad con fundamento en las disposiciones anteriores. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 27 de mayo de 1998. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE REVALIDACION Y EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS 13 SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MEXICO LIC. CESAR CAMACHO QUIROZ (RUBRICA) EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LIC. JAIME VAZQUEZ CASTILLO (RUBRICA) APROBACION: 7 de mayo de 1998 PUBLICACION: 27 de mayo de 1998 VIGENCIA: 28 de mayo de 1998
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