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Artículo 68 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes semestres completos, pero en uno de ellos te quedaste con una materia reprobada, las equivalencias se van a aplicar de la siguiente manera: primero te reconocerán los semestres completos que pasaste bien, desde el primero hasta el semestre donde tienes la materia reprobada. A partir de ese semestre, aunque después tengas otros semestres totalmente aprobados, las equivalencias solo te las van a dar por materias sueltas, no por semestres completos. Esto sigue lo que dice el artículo 66 del reglamento.

Texto oficial

Artículo 68.- Si el alumno tuviere semestres completos, pero en alguno de ellos tuviere una materia reprobada, la equivalencia se otorgará por semestres completos, de conformidad con el artículo 66 de este reglamento, del primero, hasta donde se encuentren las materias reprobadas, y a partir de ese ciclo o grado la equivalencia se hará por materias, aún cuando los demás semestres los tenga completamente acreditados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.