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Ley
Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios
Artículo
15

Artículo 15 del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el país de donde vienes no aparece en la tabla que compara los sistemas educativos, entonces el director de la escuela, tus papás o tú (si eres mayor de edad) tienen que ir a la oficina que se encarga de revalidar estudios. Ahí, junto con el área correspondiente, van a decidir en qué grado te toca entrar. Básicamente, si no hay información clara del país de origen, van a evaluar tu caso para colocarte en el año escolar correcto.

Texto oficial

Artículo 15.- En caso de que el país de procedencia no se encuentre especificado en la tabla comparativa mencionada, el director y los padres de familia o interesados deberán acudir a la unidad administrativa encargada de expedir las revalidaciones de estudios, para que en coordinación con el nivel correspondiente, se ubique al alumno en el grado que le corresponda.

Ver texto oficial del Reglamento para el Otorgamiento de Revalidación y Equivalencia de Estudios (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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